Mi inquilino no me paga el alquiler ¿Qué puedo hacer?

20 feb. 2024

Es un problema que ocurre frecuentemente en España ¡No te preocupes! A continuación te explicamos que has de hacer en caso de que tu inquilino no pague el alquiler.

inquilino no paga - Blog Zurich Seguros

Que los inquilinos no paguen el alquiler es seguramente uno de los mayores terrores de los propietarios, y aunque los cambios legislativos de los últimos años hayan agilizado el proceso, has de saber bien qué puedes hacer para recuperar tu casa y todo el dinero que te deben. Si estás pasando por la situación en que tu inquilino no te paga el alquiler, aquí te lo explicamos paso a paso.

 

Mi inquilino no me paga el alquiler ¿Desde cuándo puedo reclamar?

Puedes reclamar desde que el inquilino te deba el primer mes de alquiler, especialmente si sabes que es insolvente y que no tiene intención alguna de abonarte tu dinero. Si en cambio tienes la esperanza de llegar a un acuerdo, es recomendable que intentes resolver el conflicto amistosamente antes de proceder a tomar acciones legales.

 

Enviar un burofax por impago de alquiler

La ventaja de enviar un burofax al inquilino moroso antes de denunciarlo es que tendrás la prueba de que has intentado resolver el conflicto por vía extrajudicial. Además, en algunos casos esta simple acción sirve para desencallar el pago sin más repercusiones. Desde que envíes el burofax tendrás que esperar un mes más para presentar la denuncia si no te ingresan el dinero que te deben.
A continuación te facilitamos un modelo de cómo puede ser este documento.

 

Modelo de burofax si tu inquilino no te paga el alquiler:

A la atención de (datos del inquilino y dirección postal) Apreciado señor/a
En relación al contrato relativo al arrendamiento del inmueble de mi propiedad, suscrito por esta parte y firmado a (fecha de la firma del contrato), le comunico que a fecha de hoy adeuda (cifra total de la deuda) correspondiente a los meses de (meses que debe) del presente año, a razón de (precio del alquiler mensual) por cada una de estas mensualidades.
Si en el plazo de 30 días desde la recepción de este comunicado no efectúa el abono de la cantidad adeudada a la cuenta corriente, se interpondrá una demanda de desahucio por impago de rentas y a la reclamación de las cantidades adeudadas por vía judicial.
D. (tu nombre y DNI)
En (lugar en el que se encuentre), a (fecha).
Y tu firma.

 

Llega el momento de la denuncia: paso a paso

Para denunciar que tu inquilino no te paga el alquiler tienes dos opciones: o limitarte a reclamar la cantidad que te debe o solicitar además su desahucio.

 

Si te limitas a reclamar lo que te debe tu inquilino

Si lo único que te preocupa es recuperar las rentas que te debe el inquilino más las deudas que haya acumulado por los suministros (luz, agua o gas) tendrás que iniciar un proceso monitorio que tiene como ventajas:

  • Suele ser más rápido
  • No es necesaria la presencia de un abogado o procurador
  • Sólo hay que pagar tasas para deudas superiores a los 2.000 euros (una tasa fija de 150 euros + una tasa variable del 0,10% de la deuda para personas físicas o del 0,50% para entidades jurídicas)

 

Si pides además que lo desahucien para recuperar tu vivienda

Si además de recuperar tu dinero quieres que desahucien al inquilino moroso, tendrás que acudir a juicio verbal. Este proceso solía ser tedioso pero con los últimos cambios legislativos se ha agilizado bastante, tanto que ahora se resuelve en una media de 3 a 6 meses. Recuerda que desde que el juez emita el requerimiento al inquilino, éste tendrá un plazo de 10 días para pagar, abandonar la vivienda o presentar alegaciones. Si no hace ninguna de estas 3 cosas se fijará la fecha para el desahucio.

 

¿Qué documentación es necesaria para interponer la demanda?

  • Contrato de arrendamiento de la vivienda
  • Copia de las escrituras de propiedad
  • Copia de los recibos impagados de los suministros
  • Copia del burofax enviado al propietario u otras notificaciones previas

 

Lo que nunca has de hacer si no te pagan el alquiler

Es una primera reacción habitual, pero ni se te ocurra cambiar la cerradura de la vivienda. Si lo haces tienes las de perder y seguramente ralentizarás todo el proceso que de otro modo no duraría más de 6 meses. Ten paciencia y aguanta, al final recuperarás de nuevo tu vivienda.

Tampoco des de baja los suministros, el inquilino los volvería a dar de alta y tendrías que pagar tú el coste de estas gestiones. El procedimiento correcto es hacer el cambio de nombre en el momento de la firma del contrato. Si no lo has hecho así tendrás que esperar a que el juez obligue al inquilino a pagar lo que te debe.

 

El seguro de alquiler, ¿qué es?

Como propietario de una vivienda has de tener un seguro de hogar. En Zurich Seguros ofrecemos coberturas que se ajustan perfectamente a las necesidades de los propietarios con un seguro de alquiler.

Coberturas sujetas a lo indicado en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza.