¿Es obligatorio el uso del casco en patinete eléctrico?

13 jul. 2021

En este artículo revisamos si es obligatorio llevar casco en patinete eléctrico, así como otros aspectos normativos relacionados con su conducción.

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Llevar casco en patinete eléctrico es obligatorio en función de cada ayuntamiento. Sin embargo, a partir del 2 de enero del 2021, existe una normativa que regula el uso de esta clase de vehículos, y que contará con el soporte de un Real Decreto previsto para este año y que regulará diferentes aspectos relacionados con su conducción, así como normas de circulación específicas alineadas con el marco europeo.

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Dadas las ventajas que ofrece a sus usuarios, el patinete se ha convertido en un básico de la movilidad urbana, especialmente en la última milla, que coincide con trayectos en zonas céntricas especialmente colapsadas.

En los próximos apartados vamos a comentarte algunos puntos clave que debes tener en cuenta si vas a conducir estos vehículos de movilidad personal, como la edad mínima para conducirlos, la obligación de llevar casco o no o la necesidad de contratar un seguro.

La DGT y el uso de casco con patinete eléctrico

El uso del casco en patinete eléctrico en Valencia, por ejemplo, solo es obligatorio en caso de que el patinete supere los 20 Km/h. De todas formas, la autoridad competente recomienda su uso siempre que se circule por la vía pública.

Otro caso: el uso del casco en patinete eléctrico Barcelona es obligatorio desde el 30 de abril de este año. La ordenanza regula otros aspectos como el uso de elementos reflectantes, luces, timbre y la obligatoriedad de contratar un seguro a terceros.

Con respecto a llevar casco en patinete eléctrico Madrid, también será obligatorio para todos los menores de 18 años que circulen en patinetes eléctricos o en bicicletas.

¿Cuál es la normativa actual para circular con patinete?

Como te comentábamos al principio, la DGT promoverá un Real Decreto que acotará muchos aspectos de la circulación para patinetes eléctricos.

Al margen de regular la obligatoriedad de llevar casco, el marco legal previsto se ocupará de acotar otros ámbitos, como la edad mínima que hay que tener para conducir estos vehículos. En la actualidad, esto último está regulado por cada ayuntamiento, aunque la mayoría de consistorios se mueven en la franja 14-16 años, aunque bien es cierto que, en algunos casos, su uso por parte de menores debe estar supervisado por un adulto.

A día de hoy, el reglamento de circulación da la posibilidad a los menores de ponerse a los mandos de ciertos vehículos mediante el carnet AM (ciclomotores de 2-3 ruedas y cuadriciclos ligeros). Se deben tener 15 años para poder acceder a este permiso.

Por otro lado, los conductores que ya tengan 16 años, podrán optar al carnet A1, que permite conducir motocicletas de hasta 125 cc y una potencia máxima de 11 kW/15 CV.

En el caso de los pertinentes, no será necesario contar con una licencia específica, pero la DGT promoverá la impartición de programas de formación vial (al igual que se hace en otros países europeos).

La DGT también ha anunciado que, en caso de que un menor cometa una infracción mientras conduce un patinete eléctrico, serán los padres o tutores los que tendrán que responder, de forma solidaria, por el menor.

¿Y necesito un seguro?

Hasta hace poco, la DGT no se había pronunciado acerca de la obligatoriedad del seguro para conducir estos vehículos; sin embargo, según su máximo responsable, es probable que en el futuro sea obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para conducir estos vehículos.

Actualmente, algunos ayuntamientos sí que están pensando en establecer la obligación de contratar un seguro a terceros para conducir estos vehículos, como Barcelona, caso que ya te comentamos con anterioridad.

Sea como sea, disponer de un seguro para patinete eléctrico es muy conveniente, ya que su conducción puede originar perjuicios en el patrimonio o la integridad física de otros, entre otras situaciones que conllevan gastos que correrán a cargo del usuario del patinete o de sus padres o tutores. Además, su contratación es imprescindible para evitar sanciones por parte de las autoridades de ciertas ciudades en las que sea obligatorio.

Lo mejor de todo es que los seguros para vehículos de movilidad personal son bastante económicos y ofrecen coberturas suficientes para cubrir cualquier lance. Por ejemplo, en Zúrich ofrecemos una cobertura de hasta 300 000 € para usuarios de patinetes eléctricos.

Si te interesa, aquí te dejamos 5 razones de peso por las que es muy recomendable que contrates un seguro para patinete eléctrico.

En suma, llevar casco en patinete eléctrico es obligatorio en función de la nueva normativa de la DGT, que viene a complementar la instrucción transitoria emitida por este organismo en 2019 para acotar ciertos aspectos del uso de estos vehículos.

Por otro lado, hasta la fecha, cada ayuntamiento ha establecido su propio marco de regulación, que sigue vigente hasta la llegada del Real Decreto definitivo anunciado por la DGT. Lo mismo sucede en la actualidad con la obligatoriedad del seguro, que depende de cada consistorio.

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